SCJN declara inconstitucional norma en Acción de Inconstitucionalidad 29/2026
El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 29/2026, declarando la invalidez de la norma impugnada. La sentencia fue acompañada de un Voto Particular de la Ministra Sara Irene Herrerías Guerra y de un Voto Particular y Concurrente de la Ministra Lenia Batres Guadarrama.
Esta resolución tiene relevancia nacional al establecer un criterio de la Corte sobre la constitucionalidad de la disposición impugnada, lo que genera efectos generales al invalidar la norma y obligar a las autoridades a ajustarse al criterio del Pleno.
El fallo es especialmente significativo porque refleja divisiones internas en el Máximo Tribunal, expresadas a través de los votos particulares de dos ministras, lo que ofrece pistas sobre las distintas interpretaciones constitucionales existentes en el Pleno.
Las empresas, autoridades y ciudadanos afectados por la norma ahora invalidada deben revisar su situación jurídica a la luz de esta sentencia, ya que la declaración de inconstitucionalidad tiene efectos generales y vinculantes.